INSTITUTO COLIMENSE PARA LA DISCAPACIDAD
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Última actualización: al 11/febrero/2022, 12:09 horas.

El Reglamento del Instituto Colimense para la Discapacidad, publicado con fecha 31 de octubre de 2020, en su Artículo 23, contempla la siguiente:

Coordinación Administrativa.

Atribuciones:

l. Dar seguimiento a los planes de trabajo del Instituto;
ll. Operar, coordinar y evaluar los sistemas de administración y desarrollo de personal;
lll. Promover y aplicar la normatividad laboral correspondiente;
lV. Operar el sistema de remuneraciones al personal, de conformidad con los catálogos de puestos, tabuladores de sueldo y presupuesto autorizado;
V. Aplicar, en los términos de la ley de la materia, los sistemas de premios, estímulos y recompensas al personal;
Vl. Elaborar y desarrollar el programa anual de suministro, de acuerdo a los requerimientos del Instituto, observando el presupuesto aprobado;
Vll. Vigilar el cumplimiento de los ordenamientos legales que rijan la materia de adquisiciones, control patrimonial, arrendamiento y servicios generales;
Vlll. Operar el sistema de control de inventarios;
lX. Coordinar la elaboración de contratos y prestación de servicios de mantenimiento y conservación de bienes muebles e inmuebles;
X. Tener a su cargo la contabilidad del Instituto, con los soportes documentales necesarios para producir sistemáticamente información cuantitativa;
Xl. Elaborar mensualmente las obligaciones fiscales del Instituto;
Xll. Cumplir con las obligaciones fiscales del Instituto;
Xlll. Elaborar el anteproyecto de egresos del Instituto;
XlV. Proporcionar al Director la información suficiente sobre asuntos de su conveniencia;
XV. Acordar de manera inmediata con el Director, los asuntos que requieran su atención;
XVl. Fungir como Secretario de Actas; y
XVll. Las demás que le confiera la normatividad aplicable, el Consejo Directivo o el Director General.